● El objetivo es recabar los antecedentes para poder evaluar acciones para ir en defensa de los derechos de los consumidores afectados.
● En caso de detectar incumplimiento a la Ley del Consumidor, el SERNAC podría denunciar al restaurante ante la justicia, instancia donde podría exigir las más altas multas, que, en estos casos, pueden llegar hasta las 300 UTM, esto es, más de 19 millones de pesos.
Con el objetivo de recabar los antecedentes para poder evaluar acciones para ir en defensa de los derechos de los consumidores, la Dirección Regional del SERNAC de O´Higgins ofició al restaurante Aroma Limeño en Machalí.
La decisión de oficiar se adoptó luego de que la Seremi de Salud prohibió el funcionamiento del mencionado local luego que varias personas resultaron intoxicadas por comer sushi el sábado 23 de diciembre en dicho local, donde se habría identificado la presencia de salmonella, bacteria que genera problemas gastrointestinales.
A través de este oficio, el SERNAC exigirá al restaurante que le informe, en un plazo de 10 días hábiles, los detalles del hecho que provocó la intoxicación de los consumidores; la cantidad de personas que fueron afectadas; las medidas de mitigación adoptadas y las acciones compensatorias para indemnizar, reparar y/o resarcir los daños provocados, entre otros antecedentes relevantes.
El Director Regional del SERNAC de O´Higgins, Ignacio Tello, explicó que lo ocurrido en el restaurante de Machalí resulta tremendamente grave, pues se afectó la salud de los asistentes.
“Consideramos que lo ocurrido en el restaurante Aroma Limeño en Machalí fue muy grave, pues se afectó lo más importante que tienen las personas, como lo es su salud, por lo que se deben adoptar todas las medidas necesarias para compensar de alguna forma el tremendo daño provocado a las personas, junto con las acciones pertinentes para que nunca más se repitan este tipo de situaciones”, enfatizó la autoridad regional.
Tello indicó que si bien es la Autoridad Sanitaria (Seremi de Salud) es la encargada de aplicar las sanciones correspondientes al restaurante por infringir la normativa sectorial, el SERNAC realizará todas las gestiones para velar por los derechos de quienes se vieron afectados, buscando las compensaciones adecuadas.
El Director Regional del SERNAC explicó que la Ley del Consumidor establece el derecho a la seguridad en el consumo y obliga a las empresas a ofrecer productos y servicios que no dañen la salud de las personas o que impliquen algún riesgo.
Cuando ocurre un incidente de este tipo, la Seremi de Salud investiga y adopta las medidas que considera oportuna, como, por ejemplo, ordenar el cierre de los locales o iniciar los sumarios sanitarios correspondientes.
En caso que la Seremi de Salud verifique que hubo un incumplimiento a la normativa sanitaria, dicho informe permite al SERNAC contar con las pruebas para exigir las indemnizaciones y multas por infringir la Ley del Consumidor ante los tribunales de justicia.
En caso que exista una vulneración a los derechos de los consumidores, el SERNAC puede iniciar acciones para ir en defensa de los derechos de los consumidores, por ejemplo, mediante la interposición de una denuncia de interés general, instancia en la que la empresa se expone a multas de hasta 300 UTM, esto es, más de 19 millones de pesos.
A su vez, los consumidores afectados pueden interponer acciones individuales ante los juzgados de policía local para perseguir las indemnizaciones por los respectivos perjuicios.